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martes, 10 de agosto de 2010

….Artículo 17. Todo lo concerniente a la administración del condominio será resuelto por los copropietarios reunidos en asamblea.
Las sesiones de la asamblea serán ordinarias y extraordinarias.
Las sesiones ordinarias se celebrarán, a lo menos, una vez al año, oportunidad en la que la administración deberá dar cuenta documentada de su gestión correspondiente a los últimos doce meses …. LEY-19.537 , Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Promulgación : 05.12.1997

De las atribuciones y funciones del Presidente de la Junta de Condominio:

A) Presidir las reuniones de la Asamblea General de Propietarios y de la Junta de Condominio;
B) Ejercer la representación legal de la Junta de Condominio del conjunto Residencial cuando ésta haga las funciones de administrador. Cuando exista un administrador del Conjunto Residencial, será él quien ejerza la representación legal de la comunidad de propietarios;
C)Coordinar las actividades de los demás miembros (principales o suplentes) de la Junta Directiva del Condominio;
D) Cumplir y hacer cumplir el presente Reglamento de Condominio y las disposiciones de la Ley de Propiedad Horizontal;
E) Adelantar las relaciones institucionales con las empresas prestadoras de los servicios públicos en el Conjunto Residencial;
F)Realizar la contratación de personas para la conservación, mantenimiento o reparación de las áreas comunes del inmueble, así como decidir su despido o revocación contractual;
G) Convocar y presidir el procesoelectoral para la renovación de los miembros de la Junta Directiva del Condominio, así como dar a conocer sus resultados por escrito cuando no se instale le Comisión Electoral respectiva;
H)Elaborar con la asesoría del Tesorero el presupuesto semestral o anual de gastos o inversión en las áreas comunes del Conjunto Residencial; e
I) Otras que sean aprobadas por el setenta y cinco por ciento (75%) del valor capital presente en la Asamblea General de Propietarios.

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....usted sabe lo que dice...????

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LEY-19.537 , Ministerio de Vivienda y Urbanismo

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